Actas

Actas

Los notarios extienden y autorizan actas en las que se consigna los hechos y circunstancias que presencien o perciban por sus sentidos o que les consten acreditadas previas las pruebas pertinentes y que por su naturaleza no sean materia de contrato.

El valor de un acta notarial reside en que prueba de manera incontestable el hecho que constituye su objeto, sin que sea discutible ni siquiera en sede judicial, salvo querella de falsedad. Su utilidad es grande, ya que permite al ciudadano pre constituir pruebas de hechos que probablemente habrán de ser alegados después en el ámbito judicial, administrativo o privado, cuando quizás esos hechos ya no puedan reiterarse o probarse por haber desaparecido sus efectos, ya se trate de manifestaciones, notificaciones, existencia de objetos, documentos -incluso electrónicos- o personas.

Aunque la autorización del acta es más flexible que las de escrituras o pólizas, tiene también unos limites entre los que pueden destacarse los siguientes:

  • Es necesario un interés legitimo por parte de quien inste el acta.
  • La conducta que se pide al notario debe ser legal en si misma (por ejemplo, no puede violar la intimidad, la propia imagen o el domicilio de los demás).
  • No se pueden invadir esferas judiciales o administrativas (por ejemplo, no cabe requerir a la administración ni recoger manifestaciones que pertenezcan al ámbito penal).
  • La actuación notarial no puede ser sorpresiva, ya que el notario debe hacer saber en todo caso su condición de notario y el objeto de su actuación.
  • El acta no puede recoger consideraciones que requieran conocimientos periciales de los que carezca el notario.
  • La actuación del notario ha de ser en todo caso imparcial, ya que no puede obviar parte de la verdad que constate ni recoger realidades que induzcan a confusión

Existen múltiples tipos de actas notariales pudiéndose destacar, entre las más habituales y sin ánimo de exhaustividad, las siguientes:

  • De presencia
  • De remisión de documentos por correo
  • De notificación y requerimiento
  • De exhibición de cosas o documentos
  • De referencia o manifestaciones
  • De notoriedad
  • De protocolización
  • De deposito
  • De subastas
  • De sorteo

IMPORTANTE:

Debido a la gran variedad de actas resulta imprescindible el asesoramiento notarial previo.