Pólizas

Pólizas

La póliza es un documento de contenido exclusivamente mercantil.

La póliza no tiene necesariamente que intervenirse por notario si bien, de no existir dicha intervención, carece de los efectos privilegiados y ejecutivos que provoca la actuación notarial (especialmente a la hora de exigir judicialmente el cumplimiento de lo pactado, por ejemplo, el pago del préstamo).

A diferencia de las escrituras y actas, que el notario las autoriza, en las pólizas el notario las interviene, es decir, da fe que las personas que otorgan un contrato mercantil en póliza lo han firmado delante suyo y han dado su consentimiento negocial.

El contenido de las pólizas suele quedar reducido a actos y documentos bancarios pudiendo destacarse como más frecuentes las que se indica a continuación, sin animo exhaustivo.

  • Préstamos
  • Créditos
  • Descuentos
  • Afianzamientos o avales
  • Constituciones de contragarantías
  • Constituciones de prendas
  • Hipotecas navales
  • Arrendamientos financieros o leasings
  • Rentings de maquinaria u otros bienes muebles
  • Cesiones de créditos o derechos
  • Contratos de transporte
  • Contratos de seguro
  • Letras de cambio o pagares
  • Contratos de factoring
  • Contratos de confirming
  • Contratos de franchising

La póliza original se concibe como un documento único si bien es posible el sistema de póliza desdoblada que posibilita la intervención de la misma póliza por dos o más notarios.

La póliza no requiere la unidad de acto siendo posibles los otorgamientos sucesivos.

IMPORTANTE:

Debido a la gran variedad de pólizas y a su redacción por la entidad financiera resulta imprescindible el asesoramiento notarial previo.