Voluntades anticipadas

Voluntades anticipadas

Este documento también se llama Testamento Vital y en él se manifiestan las instrucciones que, sobre las actuaciones médicas, se deben tener en cuenta cuando la persona que lo suscribe se encuentre en una situación en la que las circunstancias que concurran no le permitan expresar libremente su voluntad. Igualmente, la persona interesada podrá hacer constar la decisión respecto a la donación de sus órganos con finalidad terapéutica, docente o de investigación, no requiriéndose en este caso autorización para la extracción o utilización de los órganos donados.

  • DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
    • DNI, TARJETA DE RESIDENCIA o PASAPORTE del compareciente.
    • SIP y/o número de afiliación a la Seguridad Social
  • CONTENIDO
    • Persona a la que se quiera nombrar como interlocutor valido con los facultativos encargados de la atención del otorgante.
    •  Si el compareciente desea que se le atienda en un centro médico concreto
    • Si existe alguna voluntad especial deberá hacerse constar en el momento de otorgamiento de la escritura (instrucciones sobre actuaciones medicas, donaciones de órganos, etc.).